La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, entró en vigor en septiembre de 2021, y aún hay muchas personas que desconocen esta ley y se pueden ver afectadas.
Uno de los aspectos más relevantes de esta ley es que ha suprimido la incapacitación judicial. Anteriormente, cuando una persona con discapacidad requería de apoyos para el ejercicio de su capacidad jurídica, se iniciaba un procedimiento judicial para incapacitarla. Sin embargo, en la actualidad esto ya no es posible, ya que se han sustituido los procesos de modificación de la capacidad por los dirigidos a proveer de apoyos a las personas con discapacidad.
Es decir, se eliminan así las figuras como la tutela o la patria potestad prorrogada, de tal modo que es necesario que a instancia de parte se solicite mediante el procedimiento de jurisdicción voluntaria ante el Juzgado que corresponda, que las medidas sean revisadas para que se adapten a la nueva legislación.
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