Le informamos que el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha publicado la convocatoria para las Ayudas a la creación y consolidación de empresas.
El plazo de presentación se extiende desde el 15 de Junio de 2022 hasta 15 de Julio de 2022.
Objeto
Promover la creación y consolidación de empresas en el municipio de Vitoria-Gasteiz.
Beneficiarios
Pequeñas empresas privadas (menos de 50 trabajadores y volumen de negocios inferior a 10 millones de euros), cualquiera que sea su forma jurídica y que ejerzan una actividad mercantil. La empresa solicitantes deberán tener domicilio fiscal y social en el municipio de Vitoria y desarrollar la actividad subvencionable en el mismo.
La empresa no debe estar incluida en los siguientes epígrafes:
- 64 al 67 Comercio al por menor y servicios de alimentación.
- 681 Servicio de hospedaje en hoteles y moteles.
- 682 Servicio de hospedaje en hoteles y pensiones
- 683 Servicio de hospedaje en fondas y casas de huéspedes
- 684 Servicio de hospedaje en hoteles-apartamentos
- 1 Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
- 9 Reparación de otros bienes de consumo N.C.O.P.
- 755 Agencias de viaje
- 1 Salas de baile y discotecas
- 3 Zurcido y reparación de ropas.
- 972 Servicios de peluquería y belleza.
Acciones y gastos subvencionables
Será objeto de ayuda la ejecución de proyectos e inversiones realizadas por empresas de reciente creación (Alta en IAE a partir de 1-07-2017)
Tendrán la consideración de gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre el 1 de junio de 2021 y el 15 de julio de 2022, ambos inclusive, en los siguientes conceptos:
- Gastos de constitución y puesta en marcha: registro, notaría para la escritura de constitución de sociedad y redacción de estatutos, pacto de socios, asesoría para la creación de la empresa, proyectos técnicos para la obtención de licencia municipal de actividad, estudios de mercado y viabilidad del proyecto.
- Gastos de comunicación: diseño y desarrollo imagen corporativa, creación de Web y redes sociales, siempre que no sean gastos recurrentes. www.bkconsulting.es
- Gastos relacionados con el diseño y fabricación de prototipos, así como gastos de protección de la propiedad industrial y nombres comerciales (solicitud de patentes y registro de marcas).
- Gastos derivados de la implantación y certificación de sistemas de gestión de la calidad, gestión ambiental, planes de igualdad, gestión energética, y responsabilidad social, de acuerdo con estándares o normas comúnmente aceptadas.
- Inversiones en elementos de activo fijo nuevo necesarias para la creación y consolidación de la empresa, directamente relacionados con el desarrollo de la actividad empresarial:
- instalaciones técnicas específicas para la actividad
- maquinaria, utillaje y otros bienes de equipamiento ligados al proyecto.
- mobiliario
- equipos y aplicaciones informáticas
Los proyectos presentados deberán tener una inversión mínima subvencionable de 5.000,00€.
Criterios de valoración
El procedimiento de concesión es por concurrencia competitiva acorde a los siguientes criterios:
- Calidad técnica del proyecto presentado: hasta 30 puntos
- Grado de innovación y potencial empresarial del proyecto: hasta 20 puntos
- Equipo promotor y empleo creado: hasta 20 puntos
- Inversiones subvencionables realizadas: hasta 20 puntos
- Antigüedad de la empresa: hasta 10 puntos
Cuantía de las ayudas
La cuantía de la ayuda será de un porcentaje que oscilará entre el 40% para las solicitudes que reúnan la puntuación máxima y el 20% para las que obtengan la puntuación mínima (50 puntos), hasta un máximo de 8.000€ por empresa y año.
Para cualquier duda, tramitación o gestión de estas Ayudas a la creación y consolidación de empresas, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.