Ayudas a la creación y consolidación de empresas | Vitoria-Gasteiz

Le informamos que el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha publicado la convocatoria para las Ayudas a la creación y consolidación de empresas.

El plazo de presentación se extiende desde el 15 de Junio de 2022 hasta 15 de Julio de 2022.

Objeto

Promover la creación y consolidación de empresas en el municipio de Vitoria-Gasteiz.

Beneficiarios

Pequeñas empresas privadas (menos de 50 trabajadores y volumen de negocios inferior a 10 millones de euros), cualquiera que sea su forma jurídica y que ejerzan una actividad mercantil. La empresa solicitantes deberán tener domicilio fiscal y social en el municipio de Vitoria y desarrollar la actividad subvencionable en el mismo.

La empresa no debe estar incluida en los siguientes epígrafes:

  • 64 al 67 Comercio al por menor y servicios de alimentación.
  • 681 Servicio de hospedaje en hoteles y moteles.
  • 682 Servicio de hospedaje en hoteles y pensiones
  • 683 Servicio de hospedaje en fondas y casas de huéspedes
  • 684 Servicio de hospedaje en hoteles-apartamentos
  • 1 Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
  • 9 Reparación de otros bienes de consumo N.C.O.P.
  • 755 Agencias de viaje
  • 1 Salas de baile y discotecas
  • 3 Zurcido y reparación de ropas.
  • 972 Servicios de peluquería y belleza.

Acciones y gastos subvencionables

Será objeto de ayuda la ejecución de proyectos e inversiones realizadas por empresas de reciente creación (Alta en IAE a partir de 1-07-2017)

Tendrán la consideración de gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre el 1 de junio de 2021 y el 15 de julio de 2022, ambos inclusive, en los siguientes conceptos:

  • Gastos de constitución y puesta en marcha: registro, notaría para la escritura de constitución de sociedad y redacción de estatutos, pacto de socios, asesoría para la creación de la empresa, proyectos técnicos para la obtención de licencia municipal de actividad, estudios de mercado y viabilidad del proyecto.
  • Gastos de comunicación: diseño y desarrollo imagen corporativa, creación de Web y redes sociales, siempre que no sean gastos recurrentes. www.bkconsulting.es
  • Gastos relacionados con el diseño y fabricación de prototipos, así como gastos de protección de la propiedad industrial y nombres comerciales (solicitud de patentes y registro de marcas).
  • Gastos derivados de la implantación y certificación de sistemas de gestión de la calidad, gestión ambiental, planes de igualdad, gestión energética, y responsabilidad social, de acuerdo con estándares o normas comúnmente aceptadas.
  • Inversiones en elementos de activo fijo nuevo necesarias para la creación y consolidación de la empresa, directamente relacionados con el desarrollo de la actividad empresarial:
  • instalaciones técnicas específicas para la actividad
  • maquinaria, utillaje y otros bienes de equipamiento ligados al proyecto.
  • mobiliario
  • equipos y aplicaciones informáticas

Los proyectos presentados deberán tener una inversión mínima subvencionable de 5.000,00€.

Criterios de valoración

El procedimiento de concesión es por concurrencia competitiva acorde a los siguientes criterios:

  • Calidad técnica del proyecto presentado: hasta 30 puntos
  • Grado de innovación y potencial empresarial del proyecto: hasta 20 puntos
  • Equipo promotor y empleo creado: hasta 20 puntos
  • Inversiones subvencionables realizadas: hasta 20 puntos
  • Antigüedad de la empresa: hasta 10 puntos

Cuantía de las ayudas

La cuantía de la ayuda será de un porcentaje que oscilará entre el 40% para las solicitudes que reúnan la puntuación máxima y el 20% para las que obtengan la puntuación mínima (50 puntos), hasta un máximo de 8.000€ por empresa y año.


Para cualquier duda, tramitación o gestión de estas Ayudas a la creación y consolidación de empresas, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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