Ayudas a la creación y consolidación de empresas | Vitoria Gasteiz 2024

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha publicado la siguiente convocatoria: AYUDAS A LA CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS.

Plazo de presentación: Del 15 de mayo de 2024 al 28 de junio de 2024

OBJETO

Promover la creación y consolidación de empresas en el municipio de Vitoria-Gasteiz.

BENEFICIARIOS

Pequeñas empresas privadas (menos de 50 trabajadores y volumen de negocios inferior a 10 millones de euros), cualquiera que sea su forma jurídica y que ejerzan una actividad mercantil. La empresa solicitante deberá tener domicilio fiscal y social en el municipio de Vitoria y desarrollar la actividad subvencionable en el mismo.

La empresa no debe estar incluida en los siguientes epígrafes:

  • 64 al 67 Comercio al por menor y servicios de alimentación.
  • 681 Servicio de hospedaje en hoteles y moteles.
  • 682 Servicio de hospedaje en hoteles y pensiones
  • 683 Servicio de hospedaje en fondas y casas de huéspedes
  • 684 Servicio de hospedaje en hoteles-apartamentos
  • 691.1 Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
  • 691.9 Reparación de otros bienes de consumo N.C.O.P.
  • 755 Agencias de viaje
  • 969.1 Salas de baile y discotecas
  • 971.3 Zurcido y reparación de ropas.
  • 972 Servicios de peluquería y belleza.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Tendrán la consideración de gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre el 31 de mayo de 2023 y el 28 de junio de 2024, ambos inclusive, en los siguientes conceptos:

  • Gastos de constitución y puesta en marcha: registro, notaría para la escritura de constitución de sociedad y redacción de estatutos, pacto de socios, asesoría para la creación de la empresa, proyectos técnicos para la obtención de licencia municipal de actividad, estudios de mercado y viabilidad del proyecto.
  • Gastos de comunicación: diseño y desarrollo imagen corporativa, creación de Web y redes sociales, siempre que no sean gastos recurrentes.
  • Gastos relacionados con el diseño y fabricación de prototipos, así como gastos de protección de la propiedad industrial y nombres comerciales (solicitud de patentes y registro de marcas).
  • Gastos derivados de la implantación y certificación de sistemas de gestión de la calidad, gestión ambiental, planes de igualdad, gestión energética, y responsabilidad social, de acuerdo con estándares o normas comúnmente aceptadas.
  • Inversiones en elementos de activo fijo necesarias para la creación y consolidación de la empresa, directamente relacionados con el desarrollo de la actividad empresarial:
    • maquinaria, utillaje y otros bienes de equipamiento ligados al proyecto.
    • mobiliario
    • equipos y aplicaciones informáticas

Los proyectos presentados deberán tener una inversión mínima subvencionable de 5.000,00€.

Únicamente se considerarán subvencionables los importes cuyo pago esté justificado antes del 31 de julio de 2024 inclusive.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

El procedimiento de concesión es por concurrencia competitiva acorde a los siguientes criterios:

  • Calidad técnica del proyecto presentado: hasta 30 puntos
  • Grado de innovación y potencial empresarial del proyecto: hasta 20 puntos
  • Equipo promotor y empleo creado: hasta 15 puntos
  • Criterio de paridad: hasta 5 puntos
  • Inversiones subvencionables realizadas: hasta 20 puntos
  • Antigüedad de la empresa: hasta 10 puntos

Para que un proyecto sea subvencionable se requerirá un mínimo de 50 puntos

CUANTÍAS DE LAS AYUDAS

La cuantía de la ayuda será de un porcentaje que oscilará entre el 40% para las solicitudes que reúnan la puntuación máxima y el 20% para las que obtengan la puntuación mínima (50 puntos), hasta un máximo de 8.000€ por empresa y año.


En caso de querer tramitar la ayuda mencionada, pónganse en contacto con nosotros para que le informemos correctamente del procedimiento a seguir

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