Le informamos que la Diputación Foral de Gipuzkoa ha publicado las ayudas a la digitalización en el sector del comercio y la hostelería.
El plazo de presentación se extiende hasta el 23 de junio de 2022 a las 12:00 horas.
Objeto
Impulsar y reforzar el proceso de digitalización del sector del comercio y de la hostelería para su reactivación económica.
Beneficiarios
Serán beneficiarias las personas físicas con actividad económica, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas carentes de personalidad y las personas jurídicas cuyo domicilio fiscal, así como su centro de trabajo, se encuentre en Gipuzkoa y cuya actividad (con fecha previa al 1 de enero del 2022) se encuadre entre las relacionadas en el anexo de las presentes bases.
Además de lo señalado en el apartado anterior, es asimismo requisito para ser beneficiario de las ayudas objeto de las presentes bases que, en los últimos 15 días naturales anteriores a la fecha de la solicitud tramitada a través de Zergabidea, se hayan recibido en la administración tributaria guipuzcoana un mínimo de 15 ficheros de alta TicketBAI, según la definición recogida en el Decreto Foral 32/2020, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la obligación TicketBAI. Para ello, se deberá utilizar un software diferente a FakturaBAI
La concesión de la ayuda quedará condicionada a que en el plazo comprendido entre la publicación de estas ayudas y el 1 de septiembre de 2022 se sigan enviando un mínimo de 120 ficheros de alta TicketBAI, utilizando para ello un software diferente a FakturaBAI. El incumplimiento de este último requisito dará lugar a la modificación de la resolución y en su caso a la devolución de la subvención.
Anexo relación de epígrafes del impuesto sobre actividades económicas que se consideran elegibles a afectos del presente programa de ayudas
- Aserrado y preparación industrial de la madera.
- Fabricación de productos semielaborados de madera.
- Fabricación en serie de piezas de carpintería, parquet y estructuras de madera para la construcción.
- Fabricación de envases y embalajes de madera.
- Fabricación de objetos diversos de madera (excepto muebles).
- Fabricación de productos de corcho.
- Fabricación de artículos de junco y caña, cesteria, brochas, cepillos, etc, (excepto muebles)
- Industria del mueble de madera.
- Instalaciones y montajes.
- Acabado de obras.
- Comercio al por mayor de toda clase de mercancías.
- Comercio al por mayor de materias primas agrarias, productos alimenticios, bebidas y tabaco.
- Comercio al por mayor de textiles, confección, calzado y artículos de cuero.
- Comercio al por mayor de productos farmacéuticos de perfumería y para el mantenimiento y funcionamiento del hogar.
- Comercio al por mayor de artículos de consumo duradero.
- Comercio al por mayor interindustrial de la minería y química.
- Otro comercio al por mayor interindustrial (excepto de la minería y de la química).
- Comerciales exportadoras y comercio al por mayor en zonas y depósitos francos.
- Otro comercio al por mayor no especificado en los grupos 612 al 618.
- Comercio al por mayor de chatarra y metales de desecho férreos y no férreos.
- Comercio al por mayor de otros productos de recuperación.
- Recuperación y comercio de residuos fuera de establecimiento permanente.
- Intermediarios del comercio.
- Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
- Comercio al por menor de carnes y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados; de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de los mismos
- Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura y de caracoles.
- Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares
- Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases de leche y productos lácteos
- Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador.
- Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general.
- Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
- Comercio al por menor de medicamentos y de productos farmacéuticos; artículos de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases; y de productos químicos en general; hierbas y plantas en herbolarios.
- Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.
- Comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de maquinaria, accesorios y piezas de recambio.
- Comercio al por menor de combustibles, carburantes y Lubricantes.
- Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico.
- Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
- Otro comercio al por menor.
- Comercio mixto o integrado en grandes superficies.
- Comercio mixto o integrado al por menor. 1663. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).
- Comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos.
- Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos.
- Servicios en restaurantes.
- En cafeterías.
- En cafés y bares, con y sin comida.
- Servicios especiales de restaurante, cafetería y cafe-bar.
- Servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos, situados en mercados o plazas de abastos, al aire libre en la vía pública o jardines.
- Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías
- Servicios prestados por los establecimientos clasificados en los grupos 671, 672, 673, 681 y 682 de las agrupaciones 67 y 68, realizados fuera de dichos establecimientos. Otros servicios de alimentación.
- Reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo.
- Agencias de viajes.
- Lavanderías, tintorerías y servicios similares.
- Salones de peluquería e institutos de belleza.
- Servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias.
- Servicios de enmarcación.
2432. Decoradores-diseñadores de interiores. 2861. Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares.
Cuantía de las ayudas
El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia no competitiva hasta agotar las disponibilidades presupuestarias.
La cuantía de la ayuda por empresa será de mil euros (1.000,00 €).
En el caso de que las facturas, completas o simplificadas, correspondientes a los ficheros de alta TicketBAI enviados se emitan en euskera, la ayuda se incrementará en un 20 %.
Para cualquier duda, tramitación o gestión de estas Ayudas a la digitalización en el sector del comercio y a la hostelería en Gipuzkoa, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.