Ayudas a nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad en Euskadi

Detallamos la normativa del nuevo programa de Ayudas nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas, en la comunidad autónoma de Euskadi

Entidades beneficiarias 

Microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las cooperativas y sociedades laborales, y las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas (empresarios/as) individuales, que desarrollen su  actividad y tengan al menos un centro de trabajo en la comunidad autónoma de Euskadi y cuenten con menos de diez trabajadores asalariados o en su caso, socios trabajadores o de trabajo, y un volumen de negocio no superior a dos millones de euros.

Para ser beneficiarias de la subvención se debe acreditar haber realizado y pagado inversiones, por un importe mínimo de 600 euros IVA excluido, en una de las dos líneas de subvención en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención. A los efectos de alcanzar dicho importe mínimo se podrán sumar el coste de varios conceptos de inversión de la misma línea.

Se establecen dos líneas subvencionables:

Una dirigida a subvencionar el mantenimiento del empleo en empresas que hayan realizado inversiones dirigidas a su transformación ecológica.

Otra dirigida a subvencionar el mantenimiento del empleo en empresas que hayan realizado inversiones dirigidas a su transformación digital.

Finalidad:

Las dos líneas de subvención previstas en esta convocatoria tienen como objeto el mantenimiento en el empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena que tuvieran contratadas las empresas beneficiarias en el momento de solicitar la subvención, durante un periodo de seis meses desde la notificación de la resolución de concesión de la subvención.

En el caso de las personas trabajadoras por cuenta propia, sin personal asalariado y de las cooperativas y sociedades laborales, deberán mantener durante el mismo periodo la actividad y la condición de persona trabajadora autónoma o los socios – trabajadores o de trabajo respectivamente.

Las comunidades de bienes y sociedades civiles deberán mantener durante el mismo periodo la situación de los socios que trabajen en las mismas y, en su caso, mantener el empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas.

Actuaciones subvencionables

A) En el caso de las inversiones para la transición ecológica:

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  • Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
  • Instalaciones de energías no contaminantes y renovables.
  • Equipamiento energéticamente eficiente destinado a la actividad, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (Ahhh, Ahh y Ah, o equivalentes).
  • Equipos de climatización, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (Ahhh, Ahh y Ah, o equivalentes).
  • Certificaciones medioambientales (EMAS, ISO14001, ISO 14006, UNE 150301, etiquetado verde, etc.), comprendiendo aquí la inversión de la implantación acometida.
  • Elementos de transporte eléctricos o híbridos enchufables afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional; puntos de recarga eléctrica. A estos efectos, únicamente se entenderán afectos directa y exclusivamente a la actividad, los siguientes:

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– Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.

– Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.

– Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.

– Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.

– Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.

– Los utilizados en servicios de vigilancia.

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  • Soluciones de economía circular para avanzar en la sostenibilidad de la empresa: soluciones que reduzcan consumos, en general y de materia prima y energía, en particular; que reduzcan la generación de residuos; que incrementen la reutilización; que mejoren la eficiencia de uso del agua o reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero. Soluciones que posibiliten un diseño del producto y proceso embalaje alternativo que elimine o reduzca la generación de residuos.
  • Implantación de proyectos de restauración de la biodiversidad, relacionados con la actividad económica.

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B) En el caso de inversiones para la transición digital:

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  • Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software.
  • Inversiones de despliegue o mejora de la conectividad inalámbrica.
  • Implantación de soluciones tecnológicas para avanzar en la digitalización de la empresa: almacenamiento en la nube, cobro y pago seguro, gestión integral del negocio (clientes, proveedores, etc.), soluciones avanzadas basadas en procesos de Big Bata, soluciones tecnológicas de experiencia del cliente (realidad aumentada, realidad virtual, realidad inmersiva, etc.), soluciones de facturación electrónica (incluido el software de facturación para el sistema ticketbai-TBAI), gestión de servicios al cliente, terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos, etc.
  • Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares).

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Cada persona empresaria individual o empresa únicamente podrá ser beneficiaria de subvención, y por una sola vez, al amparo de una de las dos líneas subvencionables.

Cuantía de las Ayudas a nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad

La cuantía de la ayuda asciende a 5.000 euros por microempresa o persona autónoma empresaria individual beneficiaria.

Plazo de presentación de las solicitudes y documentación preceptiva

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 14 de febrero de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.

Las solicitudes para esta ayuda serán analizadas por orden de presentación, y las subvenciones se concederán, en el mismo orden, a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en esta convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.


Para cualquier duda, tramitación o gestión de este Programa de Ayudas a nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad de Euskadi, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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