El BOE ha publicado recientemente la convocatoria de ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera 2021:
Beneficiarios
Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial.
Quedan excluidas:
- Empresas que formen parte del sector público.
- Empresas no estén al corriente de pago de las obligaciones de rembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos anteriormente concedidos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
- Empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado interior.
- Asimismo, tampoco podrán obtener la condición de beneficiario aquellas empresas que se encuentren en crisis.
Obligaciones
- Realizar las actuaciones y adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la ayuda.
- Acreditar la realización de las actuaciones, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinaron la concesión.
- Colaborar con las actuaciones de comprobación y control.
- Comunicar a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa la obtención de cualquier otra financiación pública concurrente parcial o totalmente con los gastos subvencionables.
- Acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.
- Presentar cuentas ante el Registro Mercantil cuando se solicite.
- Obligación del beneficiario acreditar, para el año 2026, que dicha instalación emite gases de efecto invernadero por debajo de los parámetros de referencia.
- Cualesquiera otras obligaciones que se establezcan en las convocatorias y en las resoluciones de concesión de las ayudas.
Objeto de la subvención
- Proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, y proyectos de innovación en materia de organización y procesos:
- Costes de personal.
- Costes de instrumental y material inventariable.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
- Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética:
- Aparatos y equipos de producción.
- Edificación e instalaciones.
- Activos inmateriales.
- Colaboraciones externas.
Plazo de presentación
Se podrán solicitar del 17 de Agosto de 2021 al 26 de Agosto de 2021.
Incompatibilidades de las ayudas
La financiación pública total (suma de todas ayudas y subvenciones) no podrá exceder del 80% sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable.
El importe de la ayuda a conceder en forma de subvención, será como máximo:
- Del 50 % del presupuesto financiable en el caso de pequeñas empresas.
- Del 20 % del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas.
- Del 10 % del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de la Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
- Del 5 % del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación.