Se han publicado varios programas de ayudas destinadas, en el ámbito de Castilla y León, a trabajadores con 55 o más años de edad, que estén afectados por extinción de sus contratos de trabajo por proceder de una empresa en crisis o que estén en situación de especial vulnerabilidad.
PROGRAMA I
Ayudas dirigidas a financiar las cuotas a ingresar por el convenio especial que tengan suscrito o suscriban con la Seguridad Social.
Requisitos:
- Que el trabajador provenga de una empresa en crisis.
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- Contrato extinguido por proceder de una empresa declarada insolvente.
- Contrato extinguido por proceder de una empresa declarada en concurso.
- Contrato extinguido por el cierre de la empresa (despido colectivo o causas del despido colectivo sin despedir a todos los trabajadores)
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- Que en el momento de presentación su contrato cumpla el requisito anterior o que no hayan transcurrido más de 3 años desde que se produjera la extinción del contrato de trabajo, aunque con posterioridad hubiera tenido algún contrato de trabajo.
- Que el centro de trabajo se encuentre en Castilla y León.
- Tener una antigüedad de al menos 3 años.
- Tener 55 años o más.
- Que la base de cotización media por contingencias comunes no supere los 1.900 €.
- Tener suscrito o suscribir un convenio especial con la Seguridad Social – la suspensión o extinción del mismo da lugar a la suspensión de la ayuda.
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- OJO: no será beneficiario si la empresa tiene la obligación de suscribir convenios especiales.
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- Estar al corriente de pagos.
Cuantía:
- La cuantía mensual de la línea de ayuda será el importe de la cuota a abonar por el convenio especial a la Tesorería de la Seguridad Social con el límite de 500 euros mensuales, siendo el límite total de la ayuda 12.000 euros.
- La duración de la ayuda será como máximo de 24 mensualidades consecutivas.
PROGRAMA II
Ayudas de pago único dirigidas a compensar a los trabajadores de la disminución del importe de la indemnización reconocida a causa de los despidos o extinciones de contratos cuando esta es abonada por el FOGASA.
Requisitos:
- Que se haya extinguido su contrato de trabajo por despido o conforme a los artículos 50, 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores.
- Que el importe de indemnización abonada por el FOGASA sea inferior al reconocido en sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a favor del solicitante.
- Que el centro trabajo esté en Castilla y León.
- Tener cumplidos 55 años o más.
- Que la antigüedad en la empresa sea de un mínimo de tres años.
- Que la base de cotización media por contingencias comunes no supere los 1.900 €.
Cuantía:
La cuantía de la ayuda, que consistirá en una cantidad a tanto alzado, y que en ningún caso podrá superar la cantidad dejada de percibir en concepto de indemnización, podrá llegar a ser la siguiente:
- Trabajadores con una antigüedad en la empresa de entre 3 y 10 años: La ayuda será de 687 euros.
- Trabajadores con una antigüedad en la empresa superior a 10 años: La ayuda será de 437 euros.
- En los contratos a tiempo parcial el importe de la cuantía se reducirá.
PROGRAMA III
Ayudas dirigidas a personas trabajadoras que estén en situación de especial vulnerabilidad, destinada a financiar las cuotas a ingresar por el convenio especial que tengan suscrito o suscriban con la Seguridad Social en alguna de las modalidades siguientes:
- Que reduzcan la jornada por cuidado de menor, persona con discapacidad o familiar.
- Trabajadores contratados a tiempo parcial.
- Trabajadores de temporada en periodos de inactividad y para los comprendidos en los Sistemas Especiales de Frutas y Hortalizas y Conservas Vegetales del Régimen General de la Seguridad Social.
Requisitos:
- Tener suscrito o suscribir un convenio especial con la Seguridad Social.
- Que el nivel anual de rentas de la persona que solicita la ayuda y de su cónyuge, o de la persona con relación de afectividad análoga a la conyugal, sea al menos tres veces inferior al valor del IPREM vigente
- Que el centro de trabajo esté en Castilla y León.
- Tener 55 años o más en el momento de presentar la solicitud.
Cuantía:
La cuantía mensual de esta ayuda será el importe de la cuota a abonar por el convenio especial a la Tesorería de la Seguridad Social con el límite de 500 euros mensuales, siendo el límite total de la ayuda 12.000 euros.
Requisitos para acceder a cualquiera de las ayudas para trabajadores de 55 años o más, de Castilla y León
Cumplir los de cada programa.
OJO: no son beneficiarios los trabajadores con contratos de ALTA DIRECCIÓN.
Compatibilidad
Son incompatibles con otras ayudas públicas que se hubiesen percibido para la misma finalidad y período subvencionable.
Plazo de presentación
Del 12 de agosto de 2021 al 8 de octubre de 2021.
Para cualquier duda, tramitación o gestión de estas ayudas para trabajadores de 55 años o más, en Castilla y León, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.