El Consejo de Ministros, del pasado 17 de mayo de 2022, aprobó el proyecto de reforma de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
En el ámbito laboral, el futuro texto incluirá un capítulo sobre el derecho a la salud menstrual, que se materializará en la posibilidad de una baja laboral. Del mismo modo, se incorporará una incapacidad temporal para aquellas mujeres que interrumpan su embarazo, voluntariamente o no, con el objetivo de que se puedan recuperar de la intervención y un permiso retribuido para las embarazadas a partir de la semana 39 de gestación.
Baja por menstruación dolorosa
La creación de este nuevo permiso, conllevará una prestación de Incapacidad Temporal cuyos requisitos y características son distintos de los actuales para una baja por enfermedad común:
- Existirá una prestación por Incapacidad Temporal asumida por la Seguridad Social desde el primer día.
- Será necesaria la existencia de un informe médico
- No exigirá un periodo de cotización previo (período de carencia).
- No se establece ningún límite temporal a esta baja.
Quienes podrán acogerse a las bajas
Podrán acogerse a la Baja por reglas dolorosas e incapacitantes las mujeres que sufran estos episodios.
Para ello, deberán acudir a su médico de cabecera que, en función de los síntomas y características de la dolencia, le concederá la IT por reglas dolorosas e incapacitantes cuya duración no tendrá límite de días.
Asimismo, al contrario de lo que sucede con la IT por enfermedad común, no será necesario tener días previos de cotización para acceder a esta baja.
Baja por maternidad desde la semana 39 de embarazo
El proyecto de ley abarca también aspectos relacionados con el embarazo y el parto. Habrá un nuevo permiso preparto desde la semana 39 de gestación, compatible con el posterior permiso de maternidad y por su mismo importe.
Baja para aquellas mujeres que interrumpan su embarazo
El proyecto de ley contempla también una incapacidad temporal para aquellas mujeres que interrumpan su embarazo, voluntariamente o no, con el objetivo de que se puedan recuperar de la intervención.
Se prevé que todas estas medidas no serán aplicables hasta el próximo año 2023.
Desde Despachos BK os mantendremos al tanto de las novedades que surjan en torno a la entrada en vigor de esta incapacidad temporal por reglas dolorosas e incapacitantes.
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