Una cliente autónoma de este despacho inicia un proceso de incapacidad temporal derivado de enfermedad común precisando intervención quirúrgica.
Esta declara en el certificado de actividad que durante el periodo de baja médica el negocio queda gestionado por hijo y marido.
Que la mutua entiende que queda acreditado que la actividad se sigue desarrollando, siendo ella la titular de la explotación, por tal cuestión entienden que está en condiciones de reincorporarse a la vida laboral.
Este despacho defiende como se ha reiterado por la doctrina jurisprudencial que las Mutuas carecen de la facultad de extinguir el subsidio o suspender la prestación en el supuesto de que el beneficiario trabaje por cuenta propia o ajena, siendo medidas que sólo puede adoptar la entidad gestora mediante el oportuno procedimiento sancionador. Esta doctrina se ha establecido con ocasión de supuestos en que la mutua había suspendido el abono de la prestación de incapacidad temporal a demandantes afiliados al RETA que habían realizado trabajos, concluyendo que en el concreto supuesto de actividad laboral por cuenta propia o ajena realizada por el beneficiario, la mutua sólo tiene la posibilidad de suspender la percepción del subsidio de incapacidad temporal por el tiempo que haya durado la actividad laboral acreditada.
Incumbe a la Mutua demandada acreditar que la actora ha realizado actividad por cuenta propia durante todo el periodo en el que ha procedido a la suspensión de la prestación, lo que no ha quedado acreditado, y de haberse probado que ha desempeñado por sí misma alguna actividad laboral, a lo sumo podría suspender la prestación solo por los días de prestación de servicios, pues de lo contrario se estaría imponiendo a la trabajadora una sanción, para lo que solo está facultada la entidad gestora en el oportuno procedimiento sancionador, tal y como reconoce el TS en la sentencia anteriormente expuesta.
Por ello estima la demanda presentada por nuestra representada
Directora Área Recursos Humanos y Responsable área Jurídico Laboral