Un despido puede clasificarse como procedente, improcedente o nulo. En este contexto, detallamos las características distintivas de cada una de estas circunstancias, así como las diferencias entre la indemnización por despido improcedente y la indemnización por despido procedente.
Además, aclaramos si en el caso de un despido procedente existe derecho a recibir prestaciones por desempleo.
Tipos de despido
En el ámbito laboral español, se distinguen únicamente dos modalidades de despido: el objetivo y el disciplinario.
- Despido objetivo. Este despido constituye la conclusión del contrato laboral debido a razones ajenas a la voluntad del trabajador. Estas razones pueden abarcar aspectos económicos, técnicos, organizativos, de producción o situaciones de fuerza mayor vinculadas al funcionamiento del negocio. También puede originarse por la ineptitud de la persona contratada, surgida después del período de prueba. O su incapacidad para adaptarse a cambios razonables en las condiciones laborales. La clasificación de este tipo de despido puede ser como procedente, lo que concede al trabajador el derecho a una indemnización. Aunque esta suele ser menor que en el caso de un despido disciplinario. Asimismo, puede considerarse improcedente, con la misma indemnización que un despido disciplinario improcedente. En situaciones excepcionales, el despido objetivo puede ser declarado nulo, siguiendo un proceso similar al de un despido disciplinario nulo.
- Despido disciplinario. Este implica la terminación del contrato laboral debido a un incumplimiento grave y culpable por parte del empleado. Este incumplimiento puede estar relacionado con problemas como la falta de asistencia y puntualidad, actos de indisciplina o una disminución voluntaria en el rendimiento, entre otros motivos. La calificación de este tipo de despido puede ser procedente, lo que implica la terminación sin indemnización. O improcedente, con la posibilidad de readmisión o el otorgamiento de una indemnización según la fecha de inicio del contrato. En el caso de que el despido se considere nulo debido a discriminación o violación de derechos fundamentales, la empresa está obligada a reinstalar al empleado en su puesto de trabajo.
El despido improcedente
El despido improcedente puede provenir de un despido disciplinario u objetivo.
Un despido improcedente implica que la finalización de la relación contractual no se ajusta a la normativa legal vigente. Esto puede deberse a diversas razones:
- El motivo del despido no está contemplado en las leyes o en nuestro marco jurídico.
- La causa alegada en la carta de despido no se respalda adecuadamente con pruebas.
- Aunque la causa se especifique correctamente en la carta de despido, carece de la gravedad suficiente para justificar la terminación del contrato.
Estas son las causas de un despido improcedente según el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, la improcedencia también puede estar relacionada con aspectos formales, como la realización de un despido a través de una comunicación verbal o mediante una carta de despido que no cumple con los requisitos necesarios para ser válida. Asimismo, la falta de entrega de la indemnización correspondiente también puede llevar a considerar el despido como improcedente.