La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 30 de mayo de 2024, ha declarado que el tipo autonómico del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos exigido en España entre los años 2013 y 2018, es contrario al Derecho de la Unión Europea por carecer de base legal.
El TJUE declara ilegal este tramo autonómico del impuesto a los hidrocarburos debido a que no se permite que las comunidades Autónomas, autorizadas por el Estado Español, puedan establecer tipos del impuesto especial diferenciados para un mismo producto y un mismo uso, en función del territorio en que se consuma el producto fuera de los casos previstos.
En España durante estos años 2013 y 2018, se estableció el tramo autonómico del Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH), el cual ha sido declarado ilegal y en su resolución, el TJUE no limita efectos. El potencial de la devolución es de 6.531 millones de euros que recaudó y la cuantía efectivamente devuelta dependerá de las reclamaciones y la disposición de Hacienda. Cabe recordar que en el céntimo sanitario se devolvieron cerca de 1.600 millones.
Por lo tanto, se abre la puerta a la reclamación del pago que se hizo de este impuesto además de poder reclamar sus intereses legales. Habrá que esperar a que se pronuncie el Tribunal Supremo sobre este asunto y, ver que requisitos se deben de cumplir para poder entablar estas reclamaciones contra la Hacienda Pública.
Será complicado que muchos afectados tengan las facturas de dichos pagos que serán necesarias para reclamar, pero puede ser muy interesante para empresas transportistas que seguro que tienen en su poder dicha documentación.