Con la publicación, el pasado 14 de octubre, de los nuevos R.D.-L 901/2020 y 902/2020 en materia de Planes de Igualdad, se han vuelto a poner de actualidad los Planes de Igualdad en el seno del tejido empresarial.
Esta nueva normativa busca poner fin a las dudas sobre cómo llevar a cabo la elaboración del Plan de Igualdad, trabajar en la detección de las posibles brechas salariales y otras diferencias en cuanto a acceso, promoción, formación, corresponsabilidad, etc., entre la plantilla femenina y masculina de las empresas.
A continuación, detallamos las diferentes fases que debemos tener en cuenta a la hora de realizar el Plan de Igualdad en nuestra empresa:
1. Constitución de la comisión negociadora
El primer paso para poder trabajar en este Plan de Igualdad es establecer la comisión negociadora del plan.
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- En los casos en los que tenemos representación legal de los trabajadores, debemos informarles de que vamos a empezar a trabajar para invitarles a que participen.
- Cuando, por el contrario, no tenemos representación legal de los trabajadores, nos pondremos en contacto con los sindicatos más representativos y/o los más representativos de nuestro sector de actividad para que, en un plazo de 10 días, contacten con nosotros y podamos empezar a trabajar en el plan.
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2. Fase de diagnóstico
Ambos Reales Decretos hacen hincapié en los temas que tenemos que trabajar en la fase de Diagnóstico a la hora de detectar diferencias para trabajar e incluir en el propio Plan de Igualdad cuáles los objetivos prioritarios a abordar, las medidas que vamos a tomar y cómo las vamos a ir implantando y supervisando durante el seguimiento del mismo.
Esta normativa nos aclara cómo debemos contabilizar nuestra plantilla (personal de ETT, eventuales de más de 100 días,..). También nos refiere cómo hacer un plan único con diagnósticos diferenciados por centros de trabajo y cómo establecer la Comisión Negociadora en grupos de empresas bajo un mismo CIF.
En base a estos datos que recogemos, vamos a trabajar en diagnosticar y ver en qué momento nos encontramos en cuanto a igualdad en nuestra empresa para después trabajar en objetivos, medidas, plazos, etc.
3. Auditoría retributiva
En cuanto a la Auditoría Salarial, sólo hay obligación de realizarla cuando hay obligación de hacer plan de igualdad. En este sentido, las empresas de más de 100 trabajadores que no la tengan ya incluida en su plan de igualdad, tienen hasta el 14 de enero de 2022 para incorporarla, y adaptar su plan a la normativa vigente. Si bien, el Registro retributivo tienen que tenerlo en la empresa ya que es obligatorio para todas las empresas con independencia del número de trabajadores.
Con la auditoría retributiva conseguimos diagnosticar cómo está la brecha salarial en nuestra empresa.
Definiremos los grupos profesionales, categorías o puestos, agrupados que sean de ámbito de aplicación en nuestro convenio para establecer las diferencias que hay en el salario de los hombres y mujeres de estos grupos. Veremos las medias y las medianas, tanto de los salarios como de los complementos salariales y los complementos extrasalariales.
En esta en esta auditoría retributiva, si detectáramos que existe más de un 25% de diferencia en las medias salariales de los hombres y las mujeres de nuestra plantilla, tendríamos además que añadir una justificación.
4. Elaboración del Plan de Igualdad
La última fase es la propia elaboración del Plan. En este punto, debemos ir redactando los once apartados que se nos establece en el Real Decreto 901/2020, explicando el ámbito de aplicación del plan de igualdad, incorporando los resultados que hemos obtenido en la fase de diagnóstico e incluyendo, por supuesto, la auditoría retributiva.
Además, vamos a establecer una serie de objetivos a la hora de revisar el plan, a la hora de marcar los plazos del mismo, al ver quiénes van a ser las personas responsables de supervisarlos e, incluso, vamos a establecer una comisión de seguimiento que, generalmente, está conformada por las mismas personas de la comisión negociadora mencionada anteriormente.
Nuestra compañera Ángela Eguren, técnico laboral y responsable del área de recursos humanos de BK VALORA, nos explica las fases comentadas para implantar el Plan de Igualdad en la empresa. A continuación, dejamos a tu disposición una lista de reproducción de vídeos en la que podrás encontrar todo lo que necesitas saber acerca de los Planes de igualdad:
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- Constitución de la comisión negociadora
- Fase de diagnóstico
- Auditoría retributiva
- Elaboración del Plan de igualdad
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Desde Despachos BK ETL Global, nuestra recomendación es siempre hacer un Plan de Igualdad ajustado a la realidad de nuestro cliente, que sea útil y realista con respecto a los compromisos acordados. Que se lleve a cabo la implantación y seguimiento de las medidas acordadas y su revisión para que no se convierta en un mero trámite. Por ello, nuestro trabajo en los Planes de Igualdad va encaminado siempre en dicha dirección.
Si tienes cualquier consulta o necesitas asesoramiento en esta materia, en Despachos BK ETL Global te podemos ayudar. Contacta con nosotros para informarte. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.