El Ayuntamiento de Burgos ha publicado la II edición de ayudas directas para empresas cuyo domicilio fiscal y la actividad desarrollada se encuentra en Burgos y que hayan sufrido la crisis económica de la covid-19. Anualidad 2021
Plazo de presentación de las ayudas
Quince días hábiles desde la publicación de esta convocatoria (hasta el 23 de diciembre de 2021).
Beneficiarios
Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, que realicen una actividad de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia a título lucrativo en alguno de los sectores subvencionados en la Base Sexta.
Se excluyen:
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- Administraciones Públicas, las sociedades públicas o participadas en más de un 50% por capital público y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
- No podrán ser beneficiarios quienes lo hayan sido en la primera edición de estas mismas ayudas
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Requisitos
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- Estar dado de alta en el IAE en alguno de los epígrafes objeto de subvención desde el 25 de octubre de 2020 hasta seis meses después de haber resuelto la convocatoria.
- Cumplir los límites establecidos al régimen de minimis.
- En caso de no estar inscritas en la SS por no tener plantilla → las personas administradoras tienen que encontrarse dadas de alta en el RETA entre el 25 de octubre de 2020 hasta seis meses después de la resolución de esta Convocatoria.
- La actividad ha de contar con licencia municipal, ambiental y comunicación de inicio.
- El domicilio social y el desarrollo de la actividad han de darse en el término municipal de
- Han de mantener la actividad desde el 25 de octubre de 2020 hasta mínimo seis meses más desde la fecha de la Resolución de la convocatoria de la subvención.
- Estar al corriente de cumplimiento de obligaciones tributarias con Ayuntamiento de Burgos, Agencia Estatal Administración Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social.
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Actividades subvencionables
Línea 1 Ayudas directas para empresas, centros, servicios de educación infantil, deportivos, agencias de viaje y servicios de transporte:
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- Sublínea 1.1 Escuelas infantiles con un máximo 20 empleados.
- Sublínea 1.2 Centros deportivos, escuelas de deporte con un máximo de 49 empleados.
- Sublínea 1.3 Agencias de viajes con un máximo de 20 empleados.
- Sublínea 1.4 Empresas de transporte y viajeros y taxi con un máximo de 30 empleados.
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Línea 2 Ayudas directas para el sector hostelero y comercial con un máximo de 20 empleados:
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- Sublínea 2.1 Ayudas directas para el sector hostelero y comercial excluido venta ambulante.
- Sublínea 2.2. Ayudas directas para el sector de venta ambulante.
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Línea 3 Ayudas directas para las empresas del servicio de hospedaje con un máximo de 49 empleados.
Línea 4 Ayudas directas para empresas de otros sectores con un máximo de 30 empleados.
Cuantía de la subvención
Varía en función de la actividad.
Para cualquier duda, tramitación o gestión de estas ayudas directas para empresas cuyo domicilio fiscal y la actividad desarrollada se encuentre en Burgos, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.