Los autónomos que causan alta inicial en el RETA o que no hayan estado en situación de alta en los dos años anteriores —o tres, en algunos casos— tienen derecho a bonificaciones. Las bonificaciones son las siguientes:
- Primeros 12 meses. El autónomo podrá aplicar una cuota de sólo 60 euros durante los 12 primeros meses si opta por cotizar por base mínima (960,60 euros en 2022). Si opta por una base superior, podrá aplicar una reducción del 80%.
- Seis meses siguientes. A partir del segundo año podrá aplicar una reducción del 50% durante seis meses más.
- Seis meses siguientes. A partir del séptimo mes del segundo año, la reducción será del 30% durante los seis meses siguientes. En general, por tanto, los incentivos duran 24 meses
- Jóvenes. Si al darse de alta en el RETA el empleado tiene 30 años (o 35 si es mujer), la reducción del 30% se aplica 12 meses más. Es decir, en este caso los incentivos duran un total de 36 meses.
No obstante, si el autónomo reside y desarrolla su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes, finalizado el período inicial de 12 meses podrá seguir pagando 60 euros de cuota durante otro año más (o aplicando la reducción del 80% si su base es superior a la mínima). En este caso, no serán de aplicación las reducciones indicadas del 50% y del 30% para los 12 meses posteriores al período inicial.
En la práctica, esto supondrá un ahorro de 1.500 euros respecto a los autónomos que se den de alta en municipios más grandes.
Para más información sobre los incentivos a los que pueden acceder los autónomos, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.