Mediante el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, se equiparon las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de los trabajadores del hogar familiar a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena. Entre otras novedades, las trabajadoras del hogar podrán cobrar el paro, se elimina el desistimiento y resulta obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a partir del 1 de octubre de 2022.
La persona empleadora es responsable de la cotización en todos los supuestos
A partir del 1 de enero de 2023:
- Los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador.
- Las personas empleadoras deberán comunicar a la TGSS, durante el mes de enero de 2023, los datos necesarios para el cálculo y el pago de las cuotas de la Seguridad Social, y en especial los datos bancarios precisos para el pago de las cotizaciones, así como la entidad gestora o en su caso colaboradora de la Seguridad Social por la que optan a efectos de la cobertura de las contingencias profesionales, siempre y cuando todos estos datos no se hubiesen comunicado con anterioridad.
Cambios en las bonificaciones por contratación de empleados de hogar a lo largo de 2023
Con efectos de 1 de abril de 2023:
- Reducción por nuevas contrataciones (dos opciones incompatibles):
- Reducción del 20 % en la cotización por contingencias comunes.
- Bonificación del 45 % en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en el caso de familias numerosas que tengan contratado o contraten a un empleado de hogar antes del 1 de abril de 2023 (incompatible con la reducción del 20%). Art. 15.7 de la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero.
- Bonificación por la cotización por desempleo y FOGASA: bonificación del 80 % en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial en ese Sistema Especial
- Régimen transitorio de mantenimiento de los beneficios por la contratación de cuidadores en familias numerosas: bonificación del 45 % en la cotización por contingencias comunes que se aplicase a 01/04/2023:
- Mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de los cuidadores.
- Incompatible con las reducciones citadas.
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