Nueva cotización adicional de solidaridad que entrará en vigor el 1 de enero de 2025

Queremos recordar que la reforma de las pensiones de 2023 operada por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, creó la denominada «cuota de solidaridad para los salarios más altos», que desplegará efectos gradualmente, partiendo de cuotas de alrededor del 1% en 2025, hasta alcanzar valores del 6% en 2045.

Dicha reforma legislativa, que afectó a otras normas, implica que  «el importe de las retribuciones de los trabajadores por cuenta ajena que supere el importe de la base máxima de cotización quedará sujeto, en toda liquidación de cuotas, a una cotización adicional de solidaridad que se establece en función del exceso de la base máxima de cotización establecida para cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado».

La aplicación de la cotización adicional de solidaridad es gradual, entre 2025 y 2045, y tiene la siguiente puesta en práctica:

Año Retribuciones desde base máxima hasta 10 % adicional de la base máxima Retribuciones desde el 10 % adicional de la base máxima hasta 50 % adicional de la base máxima Retribuciones superiores al 50 % adicional de la base máxima
2025 0,92 1 1,17
2026 1,15 1,25 1,46
2027 1,38 1,5 1,75
2028 1,60 1,75 2,04
2029 1,83 2 2,33
2030 2,06 2,25 2,63
2031 2,29 2,5 2,92
2032 2,52 2,75 3,21
2033 2,75 3 3,50
2034 2,98 3,25 3,79
2035 3,21 3,5 4,08
2036 3,44 3,75 4,38
2037 3,67 4 4,67
2038 3,90 4,25 4,96
2039 4,13 4,5 5,25
2040 4,35 4,75 5,54
2041 4,58 5 5,83
2042 4,81 5,25 6,13
2043 5,04 5,5 6,42
2044 5,27 5,75 6,71
2045 5,50 6,00 7,00

 

Puntos relevantes de la nueva cotización adicional de solidaridad

Entre las notas más relevantes de la cuota de solidaridad destacamos las siguientes:

  • El tipo de cotización que corresponda según la anterior tabla se aplicará a la diferencia entre el importe de la base máxima de cotización por contingencias comunes y el importe de la base de cotización que, conforme a lo dispuesto en el artículo 147 del referido texto refundido, les hubiera correspondido de no existir base máxima de cotización. Esto es, sobre la diferencia existente entre la base máxima vigente y el salario percibido.
  • La distribución del tipo de cotización por solidaridad entre empresario y trabajador mantendrá la misma proporción que la distribución del tipo de cotización por contingencias comunes.
  • El plazo reglamentario de ingreso de la cotización de solidaridad seguirá el mismo funcionamiento que los periodos actuales de cotización, es decir, la cotización de enero de 2025 se ingresará el último día del mes de febrero 2025.
  • Las empresas, por medios propios o por medio de Asesoría, deberán comunicar por medios electrónicos a la Tesorería General de la Seguridad Social los datos identificativos de los trabajadores afectados por esta cotización adicional, así como el periodo en que deban abonarse las retribuciones, el importe de las retribuciones que determinen una base de cotización que supere la base máxima de cotización aplicable y el importe de las bases de cotización comprendidas entre la base máxima y la determinada por las retribuciones computables a estos efectos.
  • Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el ejercicio de sus competencias, la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones establecidas.

Quedamos a tu disposición para asesorarte en la implementación de este sistema y para resolver cualquier duda que pueda surgir.


Ioritz Mitxeltorena

Área Laboral en Despachos BK Pamplona

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