Detallamos las nuevas bases reguladoras de subvenciones en la provincia de Burgos:
1. Convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la realización de actividades de digitalización, promoción y comercialización online para el fomento de la recuperación económica como consecuencia del Covid-19
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las personas físicas (autónomas) y jurídicas, que desarrollen una actividad mercantil en la provincia de Burgos.
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- Deberán de tener su domicilio fiscal en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos o, al menos, su centro de trabajo deberá estar ubicado en un municipio de las mismas características.
- La actividad mercantil o empresarial susceptible de subvención tendrá como objetivo la venta de bienes fabricados o servicios ofrecidos en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos.
- La actividad mercantil o empresarial susceptible de subvención deberá estar desarrollándose en el momento de solicitud de la subvención.
- En el caso de concurrir varias empresas del mismo grupo empresarial se concederá en primer lugar a una de ellas (la de mayor cuantía), y si quedan fondos disponibles se concederían a las siguientes en caso de cumplir con los requisitos y condiciones.
Cuantía de la subvención
Se subvencionarán en líneas generales, las actividades dirigidas a la promoción, comercialización y actividades de digitalización interna de procesos.
El presupuesto destinado a la convocatoria asciende a 275.000,00 € y se resolverá a través de concurrencia competitiva.
Podrán ser objeto de subvención las actuaciones realizadas desde el 1 de abril de 2021 hasta el 2 de noviembre de 2021.
La cuantía a conceder a las personas físicas o entidades jurídicas de esta convocatoria, será del 70% del presupuesto de las actividades a realizar contempladas en la solicitud, con un máximo de 4.000,00€ total de subvención. Si la beneficiaria ha sido subvencionada anteriormente en esta misma línea el porcentaje de subvención será del 60%.
Solo será admitida una solicitud a subvencionar por persona jurídica o física.
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2. Bases reguladoras para la campaña de bonos al consumo para el sector comercial, hostelería y turismo de la provincia de Burgos
Beneficiarios
Los bonos al consumo podrán ser adquiridos por las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos al inicio de la campaña y tendrán la consideración de beneficiarios:
- Durante la primera fase de venta: 1 de julio de 2021 al 1 de agosto de 2021, solo podrán acceder a la compra personas empadronadas en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos. Posteriormente, la venta se abrirá a todas las personas usuarias posibles que cumplan con los requisitos de la convocatoria.
- Tener 18 años o más en el momento de la publicación de la convocatoria.
Estos establecimientos adheridos deberán cumplir los siguientes requisitos:
- El centro de trabajo o la actividad sobre la que se da servicio debe estar en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos.
- Estar dado de alta en el IAE en alguno de los epígrafes objeto de subvención recogidos en la Base Sexta con anterioridad a la entrada en vigor del Estado de Alarma durante el año 2020.
Cuantía de la subvención
La campaña consiste en la emisión de bonos por valor nominal de 10 euros de los que el consumidor aportará 6 euros y SODEBUR aportará 4 euros.
Las actuaciones objeto de subvención son la adquisición de bienes de consumo y servicios de la ciudadanía a través de los bonos consumo de provincia de Burgos en los establecimientos adheridos.
Plazos
Cada consumidor podrá adquirir un máximo de diez bonos por un importe total de 100 euros desde la publicación de las bases en la página web hasta el 1 de octubre de 2021. Los bonos se podrán canjear hasta el 30 de noviembre de 2021 en los establecimientos adheridos.
Todos los establecimientos adheridos podrán recibir la subvención.
El plazo para presentar las adhesiones será de 20 días hábiles a contar desde el mismo día a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOP.
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3. Convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento de la transferencia de negocios en el medio rural de Burgos 2021
Beneficiarios
Aquellas personas físicas (autónomas) y jurídicas, que vayan a continuar con una actividad económica existente en la actualidad en el medio rural o que, como máximo, lleve 24 meses de inactividad, antes de la realización del traspaso. Los beneficiarios deberán mantener la actividad original.
Será elegible y susceptible de recibir la presente subvención, la transferencia de cualquier empresa o negocio ubicado en un municipio o entidad local menor de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos, que cumpla la normativa en vigor y con los requisitos y características especificadas en las bases de la convocatoria
Cuantía de la subvención
Se apoyarán los traspasos de negocio concediendo una ayuda de hasta el 65% de los gastos de adquisición y puesta en marcha del negocio objeto de transmisión. El límite máximo será de 6.000,00€ por beneficiario.
Además, se establece una bonificación de 750 € por cada trabajador que se mantenga en la empresa sin reducir su jornada laboral. Al menos, durante nueve meses tras la realización del traspaso. Esta bonificación tendrá un límite: se concederá como máximo por tres trabajadores de una misma empresa traspasada.
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Para cualquier duda o gestión de las subvenciones de la provincia de Burgos mencionadas, no dude en ponerse en contacto a través del email.: subvenciones@valoraasociados.com o bien, a través del tfno. 947 071 036.