Si su empresa calcula sus pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades según el sistema de cuotas, recuerde que al efectuar el pago a cuenta de abril deberá satisfacer el 18% del importe de la cuota a ingresar (casilla 599) de la última declaración del Impuesto sobre Sociedades que haya presentado (en general, será la del ejercicio 2020 si su ejercicio coincide con el año natural). En los pagos a cuenta de octubre y diciembre, deberá tomar como referencia la cuota a ingresar correspondiente al ejercicio 2021.
Si su empresa calcula sus pagos fraccionados según el sistema de bases, en abril deberá satisfacer el 17% de la base imponible obtenida en los tres primeros meses de 2022, descontadas las retenciones. No obstante, si en 2021 facturó diez millones de euros o más, deberá ingresar el 24% en lugar del 17%. En ese caso, también deberá ingresar, al menos, el 23% del resultado contable acumulado.
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