En septiembre de 2023 cumplió un año la tan comentada reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal. Esta reforma supuso un gran cambio ya que se introdujo como nueva figura preconcursal: los Planes de Reestructuración. Esta figura preconcursal tiene como función principal proporcionar ayuda a las sociedades en situaciones de insolvencia real o inminente.
El artículo 683 de la Ley Concursal incluye en la Legislación Concursal la obligación de las pymes de especificar en la comunicación de las negociaciones con sus acreedores, que concurren las circunstancias del artículo 682, es decir, que se da la cifra de negocios, así como el número de trabajadores.
A efectos de la Ley Concursal, se consideran PYMES:
Se consideran PYMES a los efectos de la Ley Concursal, las sociedades que facturan menos de 10 millones y tienen 49 trabajadores o menos y que, además, no sean microempresas (art. 682.3 TRLC). De este modo son PYMES CONCURSALES las empresas:
- Que tienen menos de 49 trabajadores, pero más de 10 trabajadores.
- Que facturan menos de 10 millones de euros, pero más de 700K.
- Que tienen un pasivo de menos de 350K, pero más de 10 trabajadores.
Especialidades para PYMES
Ese mismo artículo establece unas especialidades para pymes, como:
- El plan de reestructuración se podrá presentar en el modelo oficial.
- La homologación del plan de reestructuración solo podrá solicitarse si el deudor y, en su caso, los socios de la sociedad deudora lo hubieran aprobado.
- La confirmación facultativa de las clases de acreedores solo podrá ser solicitada por el deudor.
- Aunque no haya sido aprobado por todas las clases de acreedores, el plan de reestructuración podrá ser homologado si la clase o clases de acreedores que no lo hayan aprobado reciben un trato más favorable que cualquier otra clase de rango inferior.
Además, en las PYMES siempre se puede parar la reestructuración y presentar concurso y el documento notarial, en caso de acuerdo, es sin cuantía, lo que abarata bastante.
En definitiva, desde la reforma de la Ley Concursal que transpuso la Directiva Europea se han llevado a cabo medidas para asegurar que las pymes puedan acceder a los mecanismos preconcursales y evitar la liquidación de estas.
En la actualidad, los planes de reestructuración de deuda pueden ser una solución viable y efectiva para el pasivo de compañías que se encuentran en un momento complicado.