La campaña de Renta 2020 comienza hoy, 7 de abril de 2021, y finalizará el 30 de junio de 2021. En caso de que nuestra presentación sea una declaración a ingresar y optemos por la opción de domiciliación bancaria, la fecha límite de presentación será el 25 de junio.
Cualquier contribuyente podrá obtener el borrador de declaración del IRPF y los datos fiscales a través del Servicio de tramitación del borrador / declaración (RentaWEB), por medio de:
- Certificado electrónico
- Sistema cl@ve PIN
- Nº de referencia, cumplimentando los siguientes datos:
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- Número del DNI o NIE y fecha de validez o de expedición si es permanente.
- Importe de la casilla 505 de la Renta 2019.
- Código Internacional de Cuenta Bancaria Española (IBAN) en el que figure el contribuyente como titular, en el caso de no presentarse la Renta 2019. (últimos 5 números de una cuenta bancaria donde esté de titular)
Presentación de la Renta del ejercicio 2020
La Declaración de la Renta se puede presentar de forma electrónica por Internet, utilizando alguno de los siguientes sistemas de identificación: certificado electrónico reconocido, número de referencia o sistema Cl@ve PIN. En declaraciones conjuntas será necesario, además, comunicar el NIF, así como el número de referencia o Cl@ve PIN del cónyuge.
Igualmente, se puede presentar a través de la confirmación del borrador de declaración. En este caso, se podrá realizar por Internet, en la sede electrónica de la AEAT, a través de la aplicación para dispositivos móviles, o bien, por teléfono y en las oficinas, previa solicitud de cita.
Para este último caso, se podrán presentar las declaraciones negativas y con resultado a ingresar, siempre y cuando el contribuyente procediese a la domiciliación del ingreso resultante, o del primer plazo, si se trata de declaraciones de pago fraccionado.
¿Cuándo hay obligación de declarar?
Se mantienen los límites cuantitativos de rentas obtenidas para estar obligado a declarar.
En el caso de que se haya tenido más de un pagador durante el año 2020, como por ejemplo, si hemos estado incluidos dentro de un ERTE, el límite para estar obligado a presentar la declaración será de 14.000 euros anuales.
Si desea realizar la Declaración de la Renta 2020 junto a Despachos BK o tiene alguna consulta sobre los plazos, no dude en contactar con nosotros.