Desde el 15 de abril de 2023 se eleva de 30.000 a 50.000 euros la cuantía máxima aplazable de las deudas derivadas de impuestos estatales que Hacienda te permite prorrogar de forma automática sin necesidad de aportar garantías de pago. Así pues, este cambio ya te será aplicable a la hora de aplazar las autoliquidaciones de impuestos gestionados por la AEAT correspondientes al primer trimestre y al mes de marzo de 2023 (siempre que la solicitud de aplazamiento se presente a partir de dicha fecha).
Ten en cuenta que, para que Hacienda acceda a aplazar una autoliquidación sin garantías, no es suficiente con que el importe de ésta sea inferior a 50.000 euros, sino que es necesario que las deudas que ya tengas aplazadas sin garantías en ese momento, junto con la nueva cuantía a aplazar, no superen ese límite. También debes tener en cuenta otras deudas tributarias del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento.
Por último, conoce que las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que se encuentren en tramitación antes del 15 de abril de 2023 siguen rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud (es decir, para dichas deudas el límite exento sigue siendo de 30.000 euros).
Para más información sobre la ampliación a 50.000 euros la cuantía máxima aplazable sin garantías. No dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.