Sentencia del TS: Registro bienes del trabajador y despido improcedente

Sentencia del Tribunal Supremo sobre el registro de bienes del trabajador y el despido 

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia de gran relevancia en el ámbito del derecho laboral, específicamente sobre las garantías necesarias en el registro de los efectos personales de los trabajadores y el despido. La sentencia, dictada el 5 de junio de 2024, aborda un caso que involucra a una trabajadora de unos grandes almacenes y subraya la importancia del cumplimiento de las garantías previstas en el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores.

Lee la sentencia completa sobre el registro de bienes del trabajador y el despido improcedente. También puedes ver nuestra última Newsletter Legal, donde Carlos Huerres, socio director del área jurídico laboral en Oviedo, nos habla sobre esta sentencia.

Sentencia del Tribunal Supremo sobre el registro de los bienes del trabajador. Despido Improcedente

El caso se centra en una empleada de unos grandes almacenes, que fue despedida después de que un vigilante de seguridad encontrara artículos no pagados en su bolso al sonar las alarmas antihurto al salir del establecimiento. La trabajadora, que disfrutaba de una reducción de jornada por cuidado de hijo menor, fue sancionada con despido disciplinario. Tras agotar las instancias judiciales, el caso llegó al Tribunal Supremo.

Puntos relevantes de la sentencia

  1. Registro de efectos personales: El Tribunal Supremo enfatizó que, según el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, cualquier registro sobre la persona del trabajador, en sus taquillas o efectos particulares, debe realizarse en presencia de un representante legal de los trabajadores o, en su ausencia, de otro trabajador de la empresa. En este caso, el registro se efectuó sin cumplir con esta garantía, lo que invalida la prueba obtenida.
  2. Derecho a la intimidad y garantía de prueba: El Tribunal destacó que la presencia de un representante de los trabajadores durante el registro no solo protege la intimidad del trabajador, sino que también asegura la objetividad y eficacia de la prueba.
  3. Condiciones personales de la trabajadora: La trabajadora estaba en reducción de jornada por cuidado de hijos, lo que según el artículo 55.5.b) del Estatuto de los Trabajadores, eleva la protección contra el despido.

Resolución Final: Despido improcedente por registro de bienes del trabajador

La sentencia del Tribunal Supremo concluyó que el despido debía ser calificado como improcedente debido a la violación de las garantías del artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores. Además, debido a la condición de la trabajadora en reducción de jornada por cuidado de hijos, el despido se declaró nulo, obligando a la empresa a readmitir a la trabajadora y abonarle los salarios dejados de percibir.

 

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