En vacaciones, solicita los días de cortesía y evita recibir notificaciones de la AEAT

¿Qué ocurre si estás de vacaciones o no disponible y recibes notificaciones electrónicas de Hacienda? ¿Cómo evitar que se consideren notificadas? ¿Dispones de algún tiempo de “descanso” durante el cual la AEAT no puede enviar notificaciones electrónicas? Esto es posible gracias a los días de cortesía.

Recuerda que están obligados a recibir comunicaciones electrónicas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, y quienes ejerzan actividades profesionales para las que se requiera colegiación obligatoria. También aquellos que representen a un interesado obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, empleados públicos en trámites oficiales, contribuyentes del Registro de Grandes Empresas, del Régimen de Consolidación Fiscal del Impuesto sobre Sociedades, del Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA, y del Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME). Además, pueden quedar obligados las personas acogidas voluntariamente al sistema de notificaciones electrónicas.

La obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración implica la presentación de toda clase de documentos y solicitudes de manera obligatoria a través del registro electrónico de la Agencia Tributaria. Por otro lado, la inclusión en el sistema de notificaciones electrónicas obligatorias (NEO) por parte de la Agencia. Sin embargo, hay excepciones como comparecencias espontáneas solicitando la comunicación o notificación personal en ese momento o notificaciones directas por empleado público para asegurar la eficiencia de la actuación.

Para acceder a estas notificaciones, puedes usar la sede electrónica de la AEAT o la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú), con sistemas de avisos por correo electrónico. Las notificaciones se consideran recibidas al acceder a su contenido o, si no se accede, al día siguiente de 10 días naturales desde su disponibilidad.

Cómo solicitar los días de cortesía:

Los días de cortesía son un periodo de 30 días naturales en los que la AEAT no puede poner notificaciones a tu disposición en la sede electrónica ni en la DEHú. Para solicitar estos días:

  • Debes hacerlo con al menos 7 días naturales de antelación al inicio del periodo deseado.
  • Si gestionas las notificaciones electrónicas de un tercero, debes estar apoderado ante la AEAT.
  • Accede a la web de la AEAT con certificado electrónico, selecciona los días deseados del calendario anual y confirma la solicitud.

Puedes solicitar hasta 30 días de cortesía al año, ya sea de forma consecutiva o distribuidos en diferentes periodos durante el año natural. Recibirás un resguardo de solicitud validado con un código seguro de verificación de 16 caracteres, además de la fecha y hora de la solicitud.

Aprovecha esta opción para disfrutar de un periodo sin interrupciones de notificaciones o comunicaciones no deseadas de la AEAT durante tus momentos de descanso. Recuerda planificar con antelación para garantizar una gestión efectiva y sin contratiempos de tus obligaciones tributarias y administrativas.

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