Este pasado viernes día 19 se ha publicado una convocatoria de ayudas por parte de ADER. El destino de la subvención es cubrir con un importe mínimo aquellas inversiones que se hayan realizado a lo largo del último año y no hayan podido contar con otros apoyos, como consecuencia del retraso en la publicación de las convocatorias habituales.
Por tanto, no se trata de una convocatoria que vaya a dar cobertura a nuevos proyectos de cara a los próximos meses. Para eso, habrá que esperar a futuras convocatorias.
A continuación, resumimos las principales características:
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- Destinatarios: PYMEs y autónomos de las industrias extractivas, manufactureras y algunos códigos CNAE de servicios (no hostelería). Se excluyen expresamente las grandes empresas, las comunidades de bienes y los dedicados a la producción primaria agrícola.
- Inversiones subvencionables: Las iniciadas entre el 01/10/2020 y 18/11/2021. Y como iniciadas se entiende aquellas de las que ya hay emitidas primeras facturas y pagos a cuenta (todo pago a cuenta debe estar soportado con factura de anticipo). No se considerarán inversiones iniciadas aquellas sobre las que exista pedido en firme si no se documentan con facturas ya emitidas entre las fechas indicadas.
- Conceptos subvencionables: Inversiones en activos materiales o inmateriales (software). Se excluyen, la sustitución directa de equipos, las hormas o moldes, las obras civiles e instalaciones eléctricas de fontanería y baja tensión para la reforma de edificios existentes, las reparaciones, las inversiones para alojamiento, las salas sociales y las obras de embellecimiento. No se considerarán facturas con B.I. inferior a 500 €.
- Inversión mínima: 50.000 € con carácter general y 10.000 € para las empresas de nueva creación en 2021 o las Microempresas (plantilla media de hasta 5 trabajadores en los 12 meses anteriores a la solicitud).
- Minimis: Sí.
- Concurrencia competitiva: Sí. Se compite por la subvención con el resto de los solicitantes.
- Intensidad de la ayuda: 9%.
- Plazo: Solicitud hasta el 10/12/2021
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Para cualquier duda, tramitación o gestión de estas subvenciones publicadas por ADER para autónomos y PYMES, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.