Subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia

Publicadas las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León. Puedes descargar AQUÍ la información completa.

Beneficiarios

Personas físicas, incluidas entidades sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad de un Colegio Profesional, iniciando una actividad económica por cuenta propia, entre el día 16 de septiembre de 2020 y el día 31 de agosto de 2021, ambos inclusive., siempre que cumplan los siguientes requisitos:

1. Haber solicitado el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, antes de presentar la solicitud de subvención.

2. Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo, no ocupada, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

Acciones subvencionables

1) Inicio de una actividad económica por cuenta propia.

2) Contratación de servicios externos necesarios para el desarrollo de la actividad.

3) La realización de cursos de formación relacionados con la dirección y gestión empresarial y las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Cuantía de la ayuda

1) Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia: 5.000€. (Podrá incrementarse si se cumplen ciertos requisitos)

2) En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.

3) La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75% del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 3.000 €.

Procedimiento

Las solicitudes podrán cursarse:

  • De forma electrónica.
  • En el registro del SEPE.
  • Ante una oficina de Correos, en sobre abierto.

El plazo de resolución y notificación será de 6 meses a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El pago se hará de una sola vez por transferencia bancaria.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha en la que haya tenido lugar el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente:

  • Si el alta ha tenido lugar entre el día 16 de septiembre de 2020 y el 15 de junio de 2021, ambos inclusive: Dos meses desde el 16 de junio del 2021.
  • Si el alta tiene lugar a partir del 16 de junio de 2021: Dos meses computados desde la fecha de alta (Límite: 15 de septiembre de 2021)

Accede AQUÍ para más información.

Para cualquier duda, tramitación o gestión de estas subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia de Castilla y León, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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