Detallamos la normativa de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena en la Comunidad de Castilla y León.
Tipos de contratación y beneficiarios
- Programa I) Contratación indefinida ordinaria a AUTÓNOMOS (PERSONAS FÍSICAS, JURÍDICAS Y ENTIDADES SIN PERSONALIDAD JURÍDICA).
- Programa II) Fomento de la contratación indefinida ordinaria del primer trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia a AUTÓNOMOS PERSONAS FÍSICAS DE CyL
- Programa III) Transformación de determinados contratos temporales en indefinidos a AUTÓNOMOS (PERSONAS FÍSICAS, JURÍDICAS Y ENTIDADES SIN PERSONALIDAD JURÍDICA).
- Programa IV) Ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial formalizados con mujeres a AUTÓNOMOS (PERSONAS FÍSICAS, JURÍDICAS Y ENTIDADES SIN PERSONALIDAD JURÍDICA).
No son beneficiarias las empresas pertenecientes al sector público
Requisitos
En la fecha de inicio de la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada por la que se solicita la subvención.
- Tener menos de 100 trabajadores de alta.
- Tener un índice de temporalidad inferior al 20%. OJO: esto no se exige si la plantilla es inferior a 10 trabajadores.
- Cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o la no sujeción/exención.
- Contar con un plan de igualdad si están obligados a ello.
- Cumplir con el principio de no discriminación en su proceso de admisión o en su funcionamiento.
- Usar un lenguaje no sexista para el desarrollo/promoción de su actividad.
- Cotizar y pagar salarios durante el periodo de la actividad subvencionada.
- Facilitar la conciliación de la vida familiar, laboral y personal.
- Cumplir con las obligaciones medioambientales, sociales o laborales de la UE.
Una vez concedida: darle adecuada publicidad.
Solicitud
En la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Plazo de presentación
1) Si la contratación/transformación/ampliación se ha iniciado entre el día 1 de octubre de 2020 y el día de publicación en el BOCyL, ambos inclusive: Dos meses computados desde el 15 de junio 2.021
2) Si la contratación/transformación/ampliación se inicia a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León: Dos meses computados desde la fecha de inicio de la contratación, transformación o ampliación, con el límite establecido en el párrafo siguiente.
En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre el 15 de junio de 2.021 y el 15 de octubre de 2.021.
Documentación necesaria
- Declaración responsable del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, su exención o la sujeción a ella.
- Relación de trabajadores de la empresa que tengan la condición de personas con discapacidad.
- Justificación de contar con un plan de igualdad en caso de estar obligados a ello.
Plazo de resolución
6 MESES a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro electrónico.
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Para cualquier duda o gestión de estas subvenciones destinadas al fomento de empleo estable por cuenta ajena, en la comunidad de Castilla y León, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.