Subvenciones para la comercialización en el medio rural de Castilla y León

A continuación, detallamos las nuevas subvenciones dirigidas a promover la comercialización y garantizar el abastecimiento en el medio rural de la comunidad de Castilla y León:

Beneficiarios

Desarrollar en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención una actividad comercial y minorista conforme a las siguientes clases de CNAE 2009:

4711.– Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco.

4719.– Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados, únicamente si se comercializan productos de carácter cotidiano conforme a lo señalado en la base primera.

4721.– Comercio al por menor de frutas y hortalizas en establecimientos especializados.

4722.– Comercio al por menor de carne y productos cárnicos en establecimientos especializados.

4723.– Comercio al por menor de pescados y mariscos en establecimientos especializados.

4724.– Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados.

4725.– Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados.

4729.– Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados.

4775.– Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados.

Quedan excluidas de las presentes subvenciones las entidades franquiciadoras.

Podrán subvencionarse los siguientes gastos:

    • La elaboración del diagnóstico, cuando se realice con medios ajenos.
    • La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos en el establecimiento comercial.
    • Las obras e instalaciones de adecuación interior y exterior del establecimiento comercial.
    • La adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos en el mismo.
    • La adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados a la actividad comercial.
    • Los servicios de apoyo para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online – ecomerce, scomerce, mcomerce – etc…) o de gestión del establecimiento comercial (captación y gestión de clientes, gestión de proveedores – etc…).
    • El equipamiento (hardware, software – etc…) necesario para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas anteriores, incluidas las correspondientes altas y licencias.
    • La adquisición de vehículos

No serán subvencionables los proyectos que incluyan únicamente gastos en concepto de diagnóstico y/o redacción de proyectos técnicos o dirección facultativa. En ningún caso tendrán la consideración de subvencionables los siguientes gastos:

    • La edificación de los establecimientos, entendida como la acción y resultado de construir un edificio de carácter permanente.
    • Las obras de excavación, cimentación o forjado.
    • La adquisición de existencias.
    • El alquiler de vehículos.
    • El precio o importe de los traspasos.
    • La contraprestación financiera directa, indirecta o ambas, por el derecho a la explotación de una franquicia.
    • Las inversiones y gastos financiados mediante cualquier fórmula de arrendamiento financiero.
    • Los televisores.
    • La adquisición de materiales destinados a la realización con medios propios de obras o instalaciones.
    • Los objetos de decoración adquiridos sin formar parte de un proyecto de decoración

Plazo de presentación

Desde el 10 de abril de 2021 hasta el 15 de noviembre de 2021

Cuantía

Se trata de una ayuda del 75% del presupuesto aceptado. La inversión mínima deberá ser de 1.000€ y máxima de 15.000€

 


Para cualquier duda, cuestión, o gestión acerca de las subvenciones dirigidas a la comercialización en el medio rural de la comunidad de Castilla y León, no duden en ponerse en contacto con nosotros.

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